
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) acordó esta tarde presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) y el cual solicita los datos biométricos de los titulares de una línea telefónica celular.
La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la cual entró en vigor el pasado 16 de abril y en la que el Senado de la República avaló la creación del PNUTM, señala al IFT es el responsable de instalar, operar, regular y mantener en función a este registro junto con todas las acciones que esto conlleve.
Sin embargo, el Pleno de del IFT argumentó que “El Instituto no podría destinar en este momento recursos al PNUTM, debido a que el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021 no contempla recursos para poner en marcha dicho registro”.
Además, el propio IFT aseguró que este año se le asignó un presupuesto de 510 millones de pesos para el ejercicio fiscal de este 2021, tomado en cuenta que “una vez que es aprobado por la Cámara de Diputados se calendariza, a efecto de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) programe las ministraciones mensuales”.
Lo anterior imposibilita las condiciones para crear una base de datos en la que se identifique, además de los datos biométricos de los usuarios de telefonía móvil, el número de celular, la fecha y hora de activación de la línea, el nombre completo de la persona, la denominación o razón social del usuario, la nacionalidad, el número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular.
El organismo retiró que, de imponerse el financiamiento de este padrón a su prepuesto, se atentaría contra de sus garantías ya que “este Instituto es independiente en sus decisiones y funcionamiento, ejerce su presupuesto de forma autónoma y, con una suficiencia presupuestal que le permita el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias.
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